El uso de los drones, tanto para actividades de ámbito profesional como particular, está en un continuo crecimiento. Son cada vez más los dispositivos que vemos sobrevolar los cielos, y por ende, mayor el hincapié que se hace en fortalecer la normativa que permita volar las aeronaves de la forma más segura posible.
Sin embargo, aunque hay una legislación en vigor, definida en los artículos 50 y 51 de la ley 18/2014, los casos de incumplimiento de las leyes, por desconocimiento de las mismas o por imprudencia, están a la orden del día. AESA es la institución encargada de aplicar la ley en el ámbito de la aviación civil, para mantener la seguridad en los cielos españoles.
Pese a que un dron tiene un tamaño reducido y los más utilizados no suelen superar los 20 kilos de peso, pilotar estos aparatos supone ciertos riesgos. Volar sobre núcleos de población o lugares restringidos puede ocasionar accidentes que produzcan daños materiales o personales. Ante una situación de este tipo, es fundamental contar con un seguro que sirva como salvoconducto en caso de tener un accidente.

La normativa vigente en España impone restricciones para que los drones vuelen sobre núcleos de población.
En ToDrone hemos querido responder a una pregunta que muchos se hacen: ¿es necesario tener un seguro para volar un dron? AESA y MV Aseguradores nos ayudan a comprender cuál es la importancia de tener asegurado nuestro dispositivo.
En el ámbito profesional, el seguro de responsabilidad civil para operar un dron es obligatorio. Vuelos de prueba, vuelos de condiciones especiales y todo tipo de trabajos aéreos profesionales se deben efectuar con un seguro frente a terceros, uno por cada dispositivo que se opere. Y pese a que para el uso particular no es obligatorio estar en posesión de un seguro, AESA lo recomienda.
Tomando como referencia los datos aportados por MV Aseguradores, los seguros de responsabilidad civil se dividen principalmente en dos categorías, para particulares y para profesionales. En ambos, solo se tendrían en cuenta RPAS con un peso máximo de 20 kilos. En el caso de los seguros para particulares, el límite máximo de indemnización que cubre son 300.000 euros, por un precio que rondaría los 160 euros anuales.
Los seguros para profesionales cubren todo tipo de sectores, entre los que destacan las actividades de ámbito industrial y científico (investigación y desarrollo), vigilancia, emergencias y salvamento, comunicaciones, filmografía y cinematografía. Dentro de los servicios para profesionales se cubren ciertas garantías básicas, que pueden ampliarse. Los precios se sitúan en un margen de entre 200 y 400 euros anuales, que varían dependiendo de la cuantía que cubra la indemnización, desde los 300.000 al millón de euros.
En cuanto a las garantías mencionadas anteriormente, destacan el seguro ante incendios, explosiones, caída de rayos, colisiones o impactos y otra clase de riesgos, incluido el robo del dispositivo. Sin embargo, poseer este servicio no exime de cumplir las leyes vigentes en cada caso, es decir, actuar con negligencia podría suponer la no cobertura de los desperfectos ocasionados.
MV Aseguradores ofrece estos servicios para drones, sin embargo, no todas las compañías pueden ofertarlos. “Además de la regulación y permisos para poder ofrecer este tipo de productos, nos basamos en la experiencia y siniestralidad para poder confeccionar las bases técnicas, es decir los elementos que sirvan en el cálculo de la prima”, explica Vicente Torres Sastre, director técnico de la correduría. Allianz, Caser o Lloyd´s son otras de las compañías que tienen autorización de la Dirección General de Seguros para poder ofrecer este tipo de seguros.
Las consecuencias de incumplir las normas
Los operadores de drones profesionales deben tener el seguro de responsabilidad civil, en su defecto, no gozan del reconocimiento de operadores habilitados, y se exponen a las sanciones que esto puede suponer a la hora de volar un dron.
Las sanciones que impone la Ley de Seguridad Aérea se emiten cuando un individuo pone en peligro operaciones aeroportuarias, ya sea con un dron o con cualquier otro medio. Los rangos económicos van ligados proporcionalmente a la gravedad de la infracción cometida y se clasifican en sanciones a particulares y a operadores dedicados a actividades comerciales.
En el caso de las multas a particulares, que carezcan de conocimientos aeronáuticos, se podrá sancionar con 60 y hasta 45.000 euros las infracciones de carácter leve, de 45.001 a 90.000 euros las graves y de 90.001 a 225.000 las de tipo muy grave.
Para las personas físicas y jurídicas que desempeñan una actividad comercial o que tengan conocimientos de aeronáutica, las cuantías son más elevadas. Entre 4.500 y 70.000 las consideradas leves, de 70.001 a 250.000 euros las graves y de 250.001 a 4,5 millones de euros las clasificadas como muy graves.